La Superintendencia de Bancos de Panamá (SBP) autorizó a Banco Prival, S.A. para establecer una Oficina de Representación en la República de Colombia, según la Resolución SBP-BAN-R-2026-00316 del 22 de mayo de 2026.
La solicitud fue aprobada al no presentar objeciones ante el regulador, conforme al Artículo 58 de la Ley Bancaria y al Acuerdo No. 4-2002 del 3 de abril de 2002, que exigen la aprobación previa de la SBP para la apertura de establecimientos de bancos panameños en el extranjero.
La resolución precisa que la facultad de autorizar aperturas en el exterior de sucursales o subsidiarias de bancos panameños corresponde al Superintendente de Bancos, según el Numeral 2, Literal I, del Artículo 16 de la Ley Bancaria.
El texto aclara que la autorización otorgada no exime a Banco Prival del cumplimiento de la normativa legal y reglamentaria vigente en la jurisdicción colombiana.
Banco Prival opera en Panamá bajo Licencia Bancaria General otorgada mediante la Resolución No. 048-2010 del 25 de febrero de 2010.
Fuente: SBP