Por: Milton Ayón Wong, superintendente de Bancos de Panamá

La relación entre un banco y su cliente no se define únicamente cuando se aprueba un préstamo o se abre una cuenta. También se construye en los detalles: al realizar un depósito, solicitar una referencia bancaria, hacer un pago extraordinario o pedir una carta de saldo. Son gestiones cotidianas que, para miles de personas, forman parte de su vida financiera.

Por esa razón, las normas que regulan la actividad bancaria deben evolucionar junto con las necesidades de los usuarios. Hoy, más que nunca, los consumidores demandan información clara, mejores condiciones y reglas que les permitan tomar decisiones financieras con mayor certeza.

Sin que ello implique afectar la dinámica competitiva del mercado bancario, la Superintendencia de Bancos de Panamá aprobó el Acuerdo No. 7-2026, que actualiza las reglas sobre determinadas comisiones y cargos aplicados por las entidades bancarias. El objetivo es fortalecer la transparencia y promover relaciones más equilibradas entre los bancos y sus clientes.

Los cambios, que entrarán a regir a partir del 4 de enero de 2027, responden a una expectativa cada vez más presente entre los consumidores bancarios: conocer con claridad qué pueden esperar de su banco y qué servicios forman parte natural de la relación contractual.

Entre las principales modificaciones en operaciones pasivas, se establece que no podrán cobrarse comisiones por retiros de efectivo realizados de manera presencial en cuentas de ahorro o corriente. Tampoco se aplicarán cargos por depósitos efectuados presencialmente, salvo en los casos de manejo de efectivo en altos volúmenes, definidos como depósitos que superen B/.10,000.00 acumulados en un mes calendario o depósitos en monedas por montos superiores a B/.5,000.00 durante ese mismo período.

Otro aspecto importante es que se eliminan los cobros por la designación o cambio de beneficiarios en cuentas de ahorro, corriente o plazo fijo.

En materia de crédito, la actualización incorpora medidas que favorecen una mayor movilidad y flexibilidad financiera. La normativa establece condiciones bajo las cuales no podrán cobrarse comisiones por pagos extraordinarios, cancelaciones anticipadas o migración de determinados créditos a otra entidad bancaria. Estas disposiciones promueven una mayor capacidad de decisión por parte de los clientes y fomentan la competencia en beneficio de los usuarios.

También se eliminan cargos por documentos e información bancaria que suelen ser requeridos para distintos trámites financieros. Entre ellos se encuentran las cartas de saldo y las referencias bancarias. Adicionalmente, los clientes podrán solicitar sin costo una vez al año su historial de pago. La norma también incorpora mayores garantías frente a cobros relacionados con pólizas de seguros asociadas a créditos y establece mecanismos para la reversión de cargos cuando corresponda.

Quizás uno de los cambios con efecto más directo para muchas familias es la obligación de aplicar los pagos que excedan la cuota pactada directamente al capital pendiente de la deuda cuando el cliente se encuentre al día en sus obligaciones. Esta medida permite que los abonos extraordinarios contribuyan efectivamente a reducir el saldo adeudado y brindar una mayor claridad sobre el impacto de esos pagos en el financiamiento.

La fortaleza de un centro bancario no depende únicamente de sus cifras. También se refleja en la calidad de las normas que regulan la relación entre las entidades bancarias y quienes utilizan sus servicios. Medidas como las incorporadas en el Acuerdo No. 7-2026 contribuyen a fortalecer la transparencia, mejorar el acceso a la información y promover relaciones contractuales más equilibradas. Cuando los consumidores conocen con claridad sus derechos y las reglas que rigen la prestación de los servicios financieros, se fortalece la confianza en el sistema bancario y se generan condiciones más favorables para su desarrollo sostenible.

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